Divorcio y Familia
¿QUÉ ES UNA DEMANDA DE DIVORCIO?
La demanda de divorcio es un documento legal presentado ante el tribunal por una de las partes del matrimonio, o por ambas partes, para iniciar el proceso de divorcio. Este documento tiene que estar firmado por el abogado y el procurador.
Para presentar una demanda de divorcio el único requisito es que lleven al menos 3 meses de casados.
- Divorcio de Mutuo acuerdo: este divorcio es mucho más amigable ya que ambas partes están de acuerdo en qué se produzca el divorcio, y sus consecuencias.
- Divorcio Contencioso: en este caso, ambas personas no se ponen de acuerdo, por lo que, será un juez el que resuelva estas diferencias.
La demanda de divorcio de mutuo acuerdo, se presenta cuando ambos cónyuges la solicitan o cuando la solicita uno con el consentimiento del otro. En esta demanda se tiene que presentar el convenio regulador. El convenio regulador es un documento donde se acuerdan los puntos alcanzados por la pareja regulando los aspectos personales. En este caso, también se podrían acordar los aspectos económicos si así lo quieren los cónyuges.
La demanda de divorcio contenciosa, se presenta cuando no existe acuerdo por parte del matrimonio o simplemente por uno de los cónyuges. Uno de ellos presentará la demanda y el otro tiene 20 días para contestarla.
DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO
Cómo hemos explicado anteriormente, en este caso ambos cónyuges están de acuerdo en llevar a cabo el proceso de divorcio. El primer paso sería realizar el convenio regulador por parte del abogado. Una vez realizado el convenido regulador, se presenta en el Juzgado, y es en ese instante cuando empieza el proceso judicial.
Si no existen hijos menores fruto del matrimonio, es el letrado de la Administración de justicia el que estudia el acuerdo regulador para verificar que se cumple con la legalidad y no hay pactos que perjudique a ninguna de las partes. Una vez ratificado el convenio se dicta el divorcio.
En el caso de que tengan hijos menores de edad, previamente, el Ministerio Fiscal deberá revisar que las cláusulas acordadas en el convenio no perjudiquen a los menores, y una vez, revisado por el fiscal, y dado el visto bueno, y previa ratificación de los cónyuges, el juez dictará la resolución que apruebe el convenio y dictará la sentencia de divorcio.
En el convenio regulador se recogen todos los aspectos pactados por el matrimonio como uso de la vivienda, guardia y custodia monoparental o compartida de hijos en el caso que tengan, pensión de alimentos de los hijos, pensión compensatoria a uno de los cónyuges, visitas de los menores, patria potestad, deudas económicas familiares, etc.
En este caso, además, junto con las medidas personales, se puede pactar de mutuo acuerdo la liquidación de la sociedad de gananciales.
DIVORCIO CONTENCIOSO
Al ser un divorcio no pactado el proceso es un poco más complejo. Si uno de los cónyuges presenta la demanda, se pone en marcha el divorcio contencioso, en este caso no se tiene que realizar el convenio regulador.
En la demanda se deben recoger todas las medidas que se deben de adoptar sobre la pensión de alimentos, uso de la vivienda, guardia y custodia de hijos, patria potestad, visitas de los menores... El cónyuge demandado tiene un plazo de 20 días para contestar la demanda dando su conformidad o disconformidad.
Una vez que se responde a la demanda, ambas partes tienen que ir a un juicio oral donde el Juez, revisará la demanda y la contestación a la demanda, y tras ello dictará sentencia acordando la medidas oportunas. Si hay hijos menores también estará presente el Fiscal.
Qué es un divorcio causal
