Diferencia entre divorcio y separación
El divorcio significa que se disuelve el matrimonio totalmente, de manera que los cónyuges podrán contraer matrimonio o uniones de hecho con otra persona.
En la separación, no se disuelve el matrimonio por lo que se deja la puerta abierta a cualquier reconciliación. En este caso, hay que ponerla en conocimiento del juez que la decretó, o bien del notario o del letrado de la Administración de Justicia mediante escritura pública o acta de manifestaciones, según corresponda.
En ambos casos, se pueden llevar de mutuo acuerdo, a menos que no exista acuerdo sobre el convenio regulador o sobre la separación o divorcio. En este caso habrá que llevarlo por la vía contenciosa.
En cambio, si existe acuerdo de separación o divorcio, habrá que presentar una propuesta de convenio regulador donde se presenten las medidas que tendrán que acatar el matrimonio en el futuro respecto:
- Uso de la vivienda común
- Custodia de los hijos y régimen de visitas
- Medidas económicas
- Animales domésticos
- Pensión alimentaria para los hijos
- Pensión compensatoria a favor de uno de los miembros de la pareja
- Patria potestad de los menores

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