Diferencia entre divorcio y separación

El divorcio significa que se disuelve el matrimonio totalmente, de manera que los cónyuges podrán contraer matrimonio o uniones de hecho con otra persona.

En la separación, no se disuelve el matrimonio por lo que se deja la puerta abierta a cualquier reconciliación. En este caso, hay que ponerla en conocimiento del juez que la decretó, o bien del notario o del letrado de la Administración de Justicia mediante escritura pública o acta de manifestaciones, según corresponda.

En ambos casos, se pueden llevar de mutuo acuerdo, a menos que no exista acuerdo sobre el convenio regulador o sobre la separación o divorcio. En este caso habrá que llevarlo por la vía contenciosa.

En cambio, si existe acuerdo de separación o divorcio, habrá que presentar una propuesta de convenio regulador donde se presenten las medidas que tendrán que acatar el matrimonio en el futuro respecto:

  • Uso de la vivienda común
  • Custodia de los hijos y régimen de visitas
  • Medidas económicas
  • Animales domésticos
  • Pensión alimentaria para los hijos
  • Pensión compensatoria a favor de uno de los miembros de la pareja
  • Patria potestad de los menores

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